Page 9 - Preguntas Frecuentes
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Introducción 7

           ¿Que se tiene que hacer en el anexo 30 en caso de que una exportación temporal BO
           se cerró con un pedimento F4?

           · El Sistema debe considerar los descargos de los pedimentos BO
           · Si hace 3 meses se envió un equipo a reparación usando esta clave, en ese mes se

              declaro en el archivo de los descargos el BO y se cancelo de la cuenta T (por medio de un
              abono).
           · Si el equipo ya no regreso, se tiene que ir al mes del movimiento (3 meses atrás) y corregir
              el archivo de descargos, eliminando el movimiento del BO y subir la corrección, esto
              eliminara el abono de la cuenta T del anexo 30.
           · Luego el Sistema deberá considerar el F4 como una salida y decláralo en el archive de
              descargos para el anexo 30.

           ¿Que pasa con el valor de un equipo en el caso de la exportación de partes internas
           y accesorios?

           El valor comercial se decrementa multiplicando el valor de la exportación en moneda
           Americana por el tipo de cambio de la importación original del equipo, este valor del descargo
           se reporta al anexo
           30.

           ¿Que sucede con el valor de un equipo si las partes internas y accesorios
           exportados temporalmente regresan?

           Su valor comercial se recupera, solo se debe considerar hacer el proceso para un retorno de
           un BO
           para el anexo 30.

           ¿Cómo funciona la cuenta T en el anexo 30?

           · Todo es a valor comercial en M.N. tanto los cargos como los abonos (descargos), y todo
              es histórico, esto significa como físicamente se pago el pedimento de importación.

           · El 1er cargo son los saldos iniciales, después, el SAT automáticamente va agregando mas
              cargos con las importaciones, igualmente a valor comercial en MN.

           · Solo se agregan cargos posteriores a los saldos iniciales con pedimentos con FP = 21.

           Los abonos o descargos se aplican de la siguiente manera:

           · Se realizan los descargos normales del anexo 24.
           · Este descargo es PEPS, esto significa que toma las importaciones más antiguas y las

              afecta con las exportaciones (descuenta saldos en cantidades comerciales).
           · Para efectos del anexo 30, se genera un archivo de descargo (basado en el mismo

              descargo del anexo 24 pero a nivel fracción arancelaria) el cual calcula el importe
              comercial en MN (histórica) en base al consumo de las UMC)
           · Esto se sube a VUCEM y disminuye el saldo agregándolo como un abono
           · Independientemente del valor comercial de exportación, siempre el descargo es sobre las
              importaciones, este valor y T.C. actual NO influye de ninguna manera en el
              descargo aplicado al anexo 30.

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